Desde que a finales de los años noventa y principios del siglo en curso se sucedieron las primeras crisis alimentarias asustaron al consumidor y cuestionaron la seguridad de la cadena alimentaria y la salud pública todo el derecho comunitario se ha asentado sobre el principio de precaución.
Un principio que se aplica a todo lo que tiene que ver con la seguridad alimentaria y la seguridad medioambiental y se basa en una evaluación previa de cualquier riesgo para salud o el medio ambiente que pueda tener un producto que directa o indirectamente entre en la cadena alimentaria para consumo humano o animal.
Este principio de precaución es el que prohíbe algunas sustancias en la alimentación del ganado que pudieran tener un efecto indirecto en la salud de los consumidores, antibióticos, hormonas de crecimiento, fitosanitarios, …. En fin podría seguir en una lista interminable de condicionantes y limitaciones a la producción de alimentos y materias primas que en definitiva garantizan la seguridad alimentaria con un coste normativo importante que asumen los productores.
Esos productores que ahora ven cómo todo este esfuerzo y sacrificio en aras a la máxima protección medioambiental y alimentaria de los consumidores queda en nada, se diluye en un mercado cada vez más permeable y flexible para lo que se produce fuera y se vende dentro, abocando a los comunitarios a competir en desventaja y al fin al cierre.
Lo hemos visto en otros sectores como el textil y si se hacen ciertas las filtraciones del TTIPleaks, de los papeles secretos de la negociación entre la Unión Europea y Estados Unidos para liberalizar sus intercambios comerciales, acabaremos viéndolo también en el agroalimentario.
Como siempre los primeros sacrificados y con el esa seguridad alimentaria de los consumidores que comerán lo que les echen.
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