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Condenan a 20 años de prisión al autor del crimen de Pontesampaio

La Audiencia provincial dictamina que Juan Antonio Lusquiños no podrá acercarse en 25 años el municipio de Pontevedra.

La Audiencia provincial dictamina que Juan Antonio Lusquiños no podrá acercarse en 25 años el municipio de Pontevedra.
Juan Antonio Lusquiños, durante el juicio. | AD

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de condenar a 20 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía con la agravante de parentesco al autor del crimen de Ponte Sampaio, Juan Antonio Lusquiños Bustelo. El acusado había sido declarado culpable por un jurado popular de haber acabado con la vida de su exnovia, Concepción Reguera Peón, en esta parroquia pontevedresa en noviembre del pasado año.

El magistrado presidente le impone también la prohibición de residir y acudir a la parroquia donde se cometió el crimen, al lugar de Acevedo y a la ciudad de Pontevedra durante 25 años, según la sentencia difundida hoy por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. El magistrado aplica así la máxima pena que solicitaba la Fiscalía y la acusación popular que ejercía la Xunta de Galicia.

El jurado popular consideró probado que el acusado esperó a la mujer en las inmediaciones de su domicilio y que, con permiso de la víctima, se subió a su coche una vez llegó. Allí comenzaron a discutir y "con ánimo de acabar con su vida y de forma sorpresiva, sin que ella pudiese reaccionar y defenderse, la atacó con un arma blanca", indica la sentencia. Aunque el hombre confesó los hechos cuando fue detenido, el tribunal no consideró que esto supusiese ninguna colaboración para esclarecer el crimen, puesto que en ese momento se sospechaba de su participación en los hechos y ya se seguían actuaciones judiciales contra él.

El jurado tampoco apreció que el acusado tuviera en el momento de los hechos afectadas sus facultades mentales y descartó la posibilidad de un "arrebato" u "obcecación" del acusado como había defendido Lusquiños Bustelo y su defensa durante el juicio celebrado a principios del mes de noviembre en la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra. El fallo no es firme y puede ser recurrido ante el TSXG.

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