
Este sábado ha salido publicada en el BOE la orden por la que se establece la flexibilización de de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
La publicación fija que estas instalaciones deberán limitar a un tercio el aforo en las atracciones y lugares cerrados; y las zonas comerciales deberán cumplir con las condiciones y medidas de higiene y/o prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad.
Los hoteles y alojamientos turísticos de los centros recreativos turísticos deberán cumplir con las condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos establecidas por el BOE para la fase 3.
El documento ordena que los centros recreativos turísticos, acuáticos y zoológicos expongan al público el aforo máximo de cada local y aseguren que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, se respeta en su interior. En estos centros que dispongan de aparcamientos propios para sus trabajadores y clientes, cuando el acceso a las instalaciones con los lectores de tickets y tarjetas de trabajadores, no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, el BOE fija que deberá ser sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo.
En cuanto a las medidas relativas a la higiene, se deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes en las zonas de cola, embarque y desembarque a las atracciones, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.
En los espacios interiores también se deberá respetar dicha distancia de seguridad, no debiendo realizarse la reapertura de aquellas secciones interiores y actividades donde no sea posible mantenerla.
La publicación del BOE también incide en que los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por Sanidad, en todo caso en la entrada de cada servicio de entretenimiento, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
Además, la distancia entre los trabajadores y los clientes durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.
En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente.
Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios que abran al público en la fase 3 deberán realizar, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como atracciones, máquinas de entretenimiento, pomos de puertas, mostradores, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, grifos, y otros elementos de similares características.
Igualmente, deberán realizar una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a atracciones, mostradores y mesas, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
Otras novedades de la fase 3 son las relativas a la hostelería. Las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas hasta el 75% de su capacidad en la fase 3 de la desescalada y las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales podrán abrirse al público limitando su aforo al 40%, permitiendo, además, la apertura los establecimiento y locales comerciales situados dentro de ellos al 50% de su aforo.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado las medidas de flexibilización aplicables en la fase 3 de la desescalada, que estrenarán las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera el próximo lunes.
En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, además de la apertura del 75% de las terrazas, se les permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Además, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas.
Según la orden ministerial publicada, también se permitirá que la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%.
En este caso, la orden dicta que se establezca un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años y se permitirá establecer un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos, se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros.