
En lo que va de año, se han cancelado casi una veintena de festivales de música en España. Ante esta situación, Enrique García, portavoz de la OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, ha recordado hoy en el programa local los derechos que asisten a los usuarios afectados y cómo proceder para reclamar su dinero.
El derecho fundamental que adquieren los consumidores al comprar una entrada es que el espectáculo se celebre en su integridad, respetando la hora, fecha y contenido anunciado. Si ocurre una modificación sustancial del cartel o un cambio de fecha, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato y exigir la devolución íntegra del precio de la entrada.
A pesar de que la teoría es clara, García ha señalado que en la práctica surgen problemas debido a las trabas que ponen algunas promotoras para realizar los reembolsos. En ocasiones, el proceso no es sencillo y se demora en el tiempo. Si la empresa promotora tiene problemas económicos, la situación se complica aún más, pudiendo el consumidor perder su dinero.
Además del reembolso de la entrada, los consumidores tienen derecho a reclamar los gastos de gestión cargados durante la compra, ya que la responsabilidad de la cancelación recae sobre la organizadora. Asimismo, se pueden solicitar indemnizaciones por daños y perjuicios derivados, como los gastos de transporte y alojamiento ya contratados, siempre que se pueda demostrar una relación directa con el evento.
En el caso de que la promotora intente ofrecer un vale para una edición futura en lugar del reembolso, el consumidor no está obligado a aceptarlo. La aceptación de una fecha alternativa siempre debe ser voluntaria por parte del usuario; si este la rechaza, conserva su derecho a la devolución del dinero.
Para realizar estas reclamaciones, el plazo general suele ser de un año, aunque la OCU recomienda actuar a la mayor brevedad posible para agilizar el pago. En caso de negativa por parte de la empresa, se puede acudir a la vía judicial, existiendo un procedimiento abreviado y sencillo para cuantías inferiores a 2.000 euros que no requiere de abogado ni procurador.
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