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Retiran el pasaporte al hombre condenado a prisión por violar a una menor de 17 años en Ourense

El procesado abordó a la víctima aprovechando su estado de embriaguez, la llevó a un callejón y la agredió sexualmente

La **Audiencia Provincial de Ourense** ha acordado la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer cada quince días ante el Tribunal al hombre condenado a siete años de prisión por violar a una menor de 17 años en Ourense, con el objetivo de que no pueda salir del país.

Según se recoge en el auto, el penado mantendrá su situación de **libertad provisional**, pero con la imposición de **medidas cautelares**, entre ellas, la retirada de su pasaporte y la prohibición de obtenerlo para evitar su salida del territorio nacional, así como la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en la propia Audiencia, señalando que, de no comparecer, "podrá modificarse su situación personal adoptando medidas cautelares más restrictivas de su libertad personal".

Todas ellas son medidas solicitadas por el **Ministerio Fiscal** con el objetivo de impedir que el condenado abandone el territorio nacional "eludiendo de este modo la acción de la justicia que también se vería asegurada con la obligación de comparecer". Motivo al que se ha adherido, también, la **acusación particular**, que ha solicitado, además, la imposición de una fianza de 32.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias --medida que ha sido rechazada por el Tribunal al considerarla "impertinente"--.

Por su parte, la defensa del acusado señaló durante la comparecencia --celebrada este jueves-- que él "ninguna intención tiene de sustraerse a la acción de la justicia", tras haber comparecido "voluntariamente" a las dos sesiones de juicio --llevado a cabo el 2 y el 9 de febrero-- y recalcó que el penado "tiene **arraigo en Ourense**, donde estudia y reside", sin oponerse, por lo tanto, a las medidas solicitadas.

Tal y como se relata en la sentencia, el 15 de octubre de 2023, sobre las 03:00 y las 03:30 horas de la madrugada, el condenado abordó a la víctima "con intención de satisfacer sus **apetencias sexuales**", cuando esta se dirigía a su casa.

Así, aprovechando que la mujer se encontraba con sus **facultades cognitivas y volitivas** "ostensiblemente afectadas por el estado de embriaguez en el que se hallaba mezclado con fluoxetina", la condujo a un callejón no transitado próximo.

Una vez allí, el hombre agarró a la víctima por la cabeza, conduciéndola para que le realizase una felación y consiguiendo finalmente que se la hiciese, estando ella totalmente **indefensa**. Seguidamente, el acusado procedió a quitarle la ropa lo suficiente para penetrarla vaginalmente, eyaculando en su vagina y sobre sus pechos sin utilizar **preservativo**. Finalmente, el acusado abandonó el lugar, dejando a la víctima "sola y tirada en el suelo boca arriba".

Por ello, la Audiencia condenó al inculpado a una pena de **siete años de prisión**, con la medida de **libertad vigilada** post-penitenciaria durante cinco años, así como la inhabilitación especial para cualquier profesión o actividades que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 10 años.

Asimismo, la Sala impuso al condenado la pena de **prohibición de aproximación** a una distancia inferior a 300 metros a esta, su domicilio o cualquier lugar donde se encuentre, así como la de comunicar con ella por cualquier medio durante 10 años, y el pago de una **indemnización** de 18.000 euros.

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