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La Audiencia Provincial avala el rechazo a las medidas cautelares pedidas por los ediles expulsados del PSOE de Santiago

Los no adscritos afirman que la veracidad de los hechos se dirimirá en el juicio principal

Los no adscritos afirman que la veracidad de los hechos se dirimirá en el juicio principal
(I-D) Marta Álvarez, Mercedes Rosón, Mila Castro y Gonzalo Muíños, concejales del PSOE expulsados del Ayuntamiento de Santiago llegan a la vista con la dirección del PSOE, en Santiago de Compostela, A Coruña, Galicia (España) | César Arxina / Europa Press

La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación de los no adscritos del Ayuntamiento de Santiago — Gonzalo Muíños, Mercedes Rosón, Mila Castro y Marta Álvarez — contra el auto que rechazaba la petición de medidas cautelares para anular su expulsión del PSOE y mantener su condición de adscritos al Grupo Municipal Socialista en el consistorio local mientras se resuelve la demanda principal.

En un auto con fecha del 28 de octubre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala confirma que no aprecia "una apariencia de irregularidad, antijuridicidad manifiesta o extralimitación" en la actuación disciplinaria del partido y expone que las medidas interesadas eran de carácter anticipatorio, ya que adelantaban los efectos de una eventual sentencia estimatoria, por lo que apunta que requerirían un "mayor rigor".

Además, señala que el PSOE respetó las garantías mínimas exigibles por la LO 6/2002 y que las razones alegadas por los recurrentes sobre tipicidad, proporcionalidad e infracciones procedimentales internas no aparecen "sólidamente justificadas" en esta fase.

Así, se estima que no resulta suficiente en supuestos como el presente verificar alegaciones "genéricas o generales" acerca del posible incumplimiento de trámites o previsiones de la normativa interna del partido.

Por todo ello, "y sin perjuicio de lo que pueda resultar de la prueba que se practique en el juicio", los magistrados consideran que se ha respetado el procedimiento sancionador en los términos establecidos en el artículo 3 de la LO 6/2002 de Partidos Políticos.

Del mismo modo, se rechaza la existencia de periculum in mora, al apreciar que la situación de concejales no adscritos que se quería evitar ya se había producido en el momento en el que se planteó la solicitud.

La resolución impone las costas de la apelación a los recurrentes y es firme, puesto que ya no cabe recurso ordinario.

Después de trascender este auto, los ediles no adscritos han señalado en un comunicado que respetan la resolución judicial, "siendo conscientes del Estado de partidos" en España y de que las leyes "son elaboradas y aprobadas por partidos políticos", por lo que, apuntan, "las leyes procuran perpetuar ese sistema".

Un sistema que, han añadido, "está provocando una desafección creciente en la ciudadanía porque parece que los partidos políticos y el éxito electoral se ha convertido en el fin".

"Nosotros siempre entendimos que los partidos son el medio para transformar la vida de la gente y para ser de utilidad a nuestros vecinos, y nunca un fin en sí mismo", han aseverado.

En cualquier caso, han reconocido que sabían de la dificultad de conseguir unas medidas cautelares anticipatorias, ya que solicitaban "que se anticipara una resolución sin desplegar toda la práctica de pruebas" de las que disponen.

Así, han reivindicado que esta resolución "no prejuzga el fondo del asunto" ni entra en la valoración de "la veracidad de los hechos" que motivan la resolución del partido que, por otro lado, han señalado, ha sido siempre su "principal cuestionamiento", y que se dirimirá en el juicio principal.

Por todo ello, han defendido que esta resolución no los despista "de lo más importante": "Seguir trabajando por los vecinos con lealtad y compromiso".

"Seguiremos actuando como hasta ahora, desde la posición en la que injustamente nos pusieron unas personas en la cumbre de una organización política, sin respetar lo votado por la ciudadanía y alterando la representación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela", han concluido.

Cabe recordar que el conflicto interno del PSOE local de la capital gallega estalló en junio de 2024, cuando los seis concejales del grupo municipal votaron en el pleno a favor de una ordenanza sobre las viviendas turísticas en contra de la decisión marcada por la dirección local, que optaba por la abstención.

Esa misma jornada, la ejecutiva de Santiago convocó una reunión para ordenar el relevo de dos de los trabajadores del grupo, la jefa de gabinete y el responsable de comunicación, unos cambios que el portavoz municipal se negó a firmar y por los que fue suspendido de militancia durante un plazo de 18 meses.

A continuación, Muíños fue suspendido de militancia y la dirección local acordó nombrar a Gumersindo Guinarte como nuevo portavoz del Grupo Municipal y a Marta Abal como secretaria, convocando a Mercedes Rosón, Milagros Castro y Marta Álvarez a una reunión para ratificar dichos nombramientos. Sin embargo, las tres concejalas no acudieron al entender que la convocatoria era nula, lo que supuso la ruptura en la totalidad del grupo municipal y su posterior expulsión.

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