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Abierto el plazo para que los afectados por la explosión en Tui pidan las ayudas de la Xunta para realojo y reparaciones

Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones y con las indemnizaciones de los seguros, y se podrán percibir por anticipado

Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones y con las indemnizaciones de los seguros, y se podrán percibir por anticipado
Casa en Tui | EFE

Los afectados por la explosión de material pirotécnico registrada el 23 de mayo en Tui (Pontevedra) pueden solicitar desde este jueves las ayudas destinadas a realojo y a reparación de los daños en viviendas y menaje doméstico, que ha dispuesto la Xunta con una aportación de más de 7,5 millones de euros -siete millones para reparaciones y 500.000 euros para alojamiento provisional-.

La orden de la Consellería de Infraestrututas e Vivenda, que ha sido publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), establece que estas ayudas serán compatibles con otras ayudas y subvenciones y con las indemnizaciones de los seguros, hasta el límite de la renta del contrato de alquiler o el 100% del valor de reposición de la vivienda dañada.

En concreto, explica la Xunta, el importe de la ayuda será "el valor de los daños causados, en la parte no comprendida tanto por las ayudas que aprueben otras administraciones públicas como por cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, del que puedan ser beneficiarias las personas afectadas".

Si se solicita, el pago de las ayudas se podrá percibir por anticipado. Además, las actuaciones se podrán iniciar con carácter previo a la presentación de la solicitud o la resolución de la concesión, aunque para ello será necesario conservar fotografías y documentos que acrediten el estado en que quedaron viviendas, construcciones auxiliares y menaje.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas dañadas por la explosión, sean vivienda de residencia habitual y permanente, o residencia ocasional. Por su parte, quedan excluidas de estas ayudas las edificaciones ruinosas o que se encontrasen "en manifiesto abandono" antes del suceso.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Para el realojo de las personas que han tenido que abandonar sus viviendas habituales, la Xunta ha puesto en marcha una ayuda para el alquiler provisional de una vivienda. El importe será de hasta 450 euros al mes durante un periodo máximo de dos años, y a mayores se concederá una ayuda complementaria de 600 euros para formalizar contratos o afrontar fianzas y el alta de suministros.

Asimismo, se sufragarán los gastos de reposición y reparación de los daños en viviendas, menaje doméstico de primera necesidad (cuando los daños de la vivienda sean objeto de subvención) e instalaciones complementarias (pozos, hórreos, galpones, invernaderos de autoconsumo, instalaciones de electricidad, iluminación y telecomunicaciones, etc., siempre que estén en el predio de la vivienda).

En viviendas de residencia permanente y habitual, el importe máximo de la subvención ante situación de ruina o rehabilitación de daños será de 109.150 euros. Por los daños en el menaje doméstico la ayuda será de 16.373 euros en viviendas ruinosas y del 100% de los gastos hasta un límite de 3.000 euros en viviendas a rehabilitar.

En el caso de viviendas que no sean residencia permanente y habitual, ante situación de ruina o rehabilitación la subvención máxima será de 43.660 euros; y por el menaje domestico en viviendas ruinosas será de 5.458 euros y en viviendas a rehabilitar se cubrirá el 40% de los gastos hasta 3.000 euros.

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