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Competencia arremete contra el decreto de pisos turísticos de la Xunta

Turismo rechaza todas las enmiendas de CNMC al decreto sobre alojamientos turísticos y asegura que en ningún momento son restrictivas.

Cuando está a punto de entrar en vigor, el próximo mes de mayo, el decretode la Xunta que regula lasviviendas turísticas se ha encontrado con un fuerte escollo que amenaza con darle un giro de 180 grados a la norma si no quiere acabar impugnada ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). La razón es que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha enviado un requerimiento al Gobierno gallego para que suprima o modifique distintos artículos de su decreto de apartamento y viviendas turísticas y viviendas de uso turístico, dado que considera que la normativa resutla "restrictiva", muy exigente en los requisitos requeridos para alquilar los inmuebles, que además son discrecionales, y que incrementa de forma injustificada los costes de los dueños de pisos que quieran dedicarse a esta actividad.

Según ha informado este martes la CNMC en un comunicado, este organismo formula su petición de sustanciales cambios en el decreto para evitar interponer un recurso contencioso-administrativo ante el TSXG.

Alega la CNMC que el decreto incluye artículos que restringen la competencia efectiva en el sector de los servicios de alojamiento y perjudican a los usuarios, al favorecer "injustificadamente" a las empresas ya instaladas, lo que es contrario a la normativa nacional y de la Unión Europea.

Del análisis concreto del decreto gallego, la CNMC cree que es una "restricción discrecional de la oferta de viviendas en su número y variedad" permitir que los ayuntamientos limiten el número de viviendas -o incluso las prohíban- en determinados edificios o sectores urbanísticos.

Otro límite a la libre competencia es, a su juicio, prohibir la cesión por habitaciones y establecer un régimen jurídico diferenciado en función de elementos temporales (estancia inferior a 30 días o cesión de al menos dos veces al año) no justificados.

La comisión tampoco está conforme con el régimen de acceso a la actividad (declaración responsable), muy "agravado con un conjunto decargas adicionales que no superan el análisis de necesidad y proporcionalidad", como el pago de tasas, la suscripción de un seguro de responsabilidad civil o la inscripción en un registro.

Ve el catálogo de requisitos y servicios mínimos "abiertamente discrecional" y entiende que "limita sin justificación la libertad autoorganizativa de los operadores".

Todas estas medidas, avisa, elevan "injustificadamente" los costes de entrada en el mercado, desalientan a algunos operadores que ya estaban participando en el mercado con nuevos modelos de prestación de servicio y a otros potenciales oferentes y se reduce con ello el número de competidores y los incentivos a que haya precios más eficientes y competitivos para los usuarios.

Recuerda asimismo que la aprobación de esta normativa restrictiva se produce en un contexto mundial de innovación tecnológica en el sector del alojamiento con finalidad turística y no turística, que afecta tanto a los operadores ya instalados como a nuevos entrantes que prestan servicios de alojamiento a través de servicios online y de economía colaborativa.

La CNMC entiende, por eso, que, dentro del plazo legal establecido, las disposiciones afectadas deben suprimirse o modificarse para favorecer en mayor medida al interés general, de forma que no supongan un obstáculo al desarrollo de la competencia efectiva.

Turismo dará respuesta

Por su parte, Turismo de Galicia dará respuesta al requerimiento formulado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el que exige modificar el decreto autonómico que regula los apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico solicitando su desestimación.

De ello ha informado en un comunicado en el que defiende que la regulación autonómica "no restringe en ningún momento" la competencia entre empresas, sino que se "ordena" una actividad que "empezó a proliferar en los últimos años": la tendencia a alquilar por días o semanas la vivienda habitual para fines turísticos.

Frente a las posibles irregularidades ligadas a esta actividad, la Xunta defiende que el decreto aspira a "garantizar la calidad y controlar el intrusismo" fijando una serie de requisitos.

Turismo subraya que el alquiler de viviendas que no cumplan estos requisitos "no está prohibido", sino que "simplemente no podrá publicitarse como turístico", de forma que "quedaría sometido a la ley de arrendamientos urbanos, o a la que le resulte aplicable".

Sobre las limitaciones que, según la CNMC, se permite imponer a los ayuntamientos, el departamento autonómico responde que las viviendas de uso turístico, dadas sus características, se sitúan en suelo de uso residencial.

Por ello y teniendo en cuenta las competencias de los ayuntamientos a través de usos permitidos, "s necesario contemplar esta posibilidad por motivos de orden público", para el efecto de garantizar un ejercicio "equilibrado y pacífico" entre la actividad turística y el uso residencia de otras viviendas.

En cuanto a las alegaciones sobre el procedimiento para iniciar la actividad, señala que, de acuerdo con la Ley de Turismo de Galicia, el decreto establece el inicio de la actividad con la presentación de una declaración responsable, tal como recomiendo la directiva de servicios de la UE, momento a partir del que puede iniciarse la actividad.

También destaca que los representantes del sector turístico manifestaron "en numerosas ocasiones" la necesidad de regular este tipo de alojamiento, debido "a su fuerte impacto y a la competencia desleal que supone respecto del alojamiento turístico reglado".

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