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El juez pide a los peritos que rehagan su informe sobre el accidente de Angrois

Lago Louro rechaza excluir de la causa el informe de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) cuestionado por Bruselas.

El juez que instruye la investigación por el accidente ferroviario de Angrois -en el que fallecieron 80 personas y hubo más de un centenar de heridos-, Andrés Lago Louro, ha instado a los tres peritos judiciales designados en la causa a emitir un nuevo informe en el plazo de tres meses en el que se analice, entre otras cuestiones, la evaluación de riesgos de la línea y de la curva de A Grandeira.

Después de que la causa fuese reabierta a finales de mayo por la Audiencia Provincial de Coruña, el juez que lleva el caso ha emitido un auto con fecha de 1 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se emplaza a los tres peritos judiciales -José Manuel Lamela, ingeniero industrial, Juan Carlos Carballeira Rifón, ingeniero de caminos, y César Mariñas Davila, ingeniero de telecomunicaciones- a emitir un informe "consensuado". De esta forma, "únicamente en caso de discrepancia que haga imposible el consenso entre los mismos, podrá emitir cada uno de ellos su propio informe", apunta Lago Louro.

La Audiencia de Coruña basaba su decisión de reabrir la causa en determinar "si ha existido y era normativa y técnicamente necesaria una evaluación integral del riesgo de la línea 082 -de Ourense a Santiago- que tuviera en cuenta la situación de peligro concretamente existente en la curva donde se produjo el accidente". Para ello, ordenaba ratificar el informe de los peritos designado por parte de la aseguradora de Renfe, QBE, Frans Heijnen y James Robert Catmur; y también el que elaboró el catedrático Enrique Castillo Ron a petición de un perito judicial.

Sobre esta cuestión, Lago Louro subraya que "resulta necesario esclarecer de forma definitiva" la correcta evaluación de riesgos en los que la Audiencia de A Coruña "pone especial énfasis" y, "particularmente, de la curva en la que ocurrió el accidente". Por ello, reclama la ayuda de nuevo de los tres peritos judiciales.

Cuestiones a contestar

Así, en ese informe Lago Louro pide a los tres peritos que deberán contestar a cuestiones como si ha existido y era normativa y técnicamente necesaria una evaluación integral del riesgo de la línea que "tuviera en cuenta la situación de peligro concretamente existente en la curva donde se produjo el accidente". El juez también demanda a estos peritos que arrojen luz sobre "si son o no correctas las evaluaciones de riesgo realizadas en los informes de Castillo y Heijnen y la determinación del nivel de riesgo resultante en la curva y su aceptabilidad técnica"; así como "la corrección o no de la exportación de riesgos al maquinista o Renfe en los términos en que fue efectuada".

Finalmente, pide que se aclare "si es cierto que, como se alude por el informe Heijnen, existía un consenso técnico entre los expertos sobre la necesidad de protección de las transiciones significativas de velocidad mediante sistemas de control continuo o puntual". Asimismo, en el auto se recoge que se incluye en la causa el informe pericial complementario realizado por Frans Heijnen y James Robert Catmur, designados por QBE, la aseguradora de responsabilidad civil de Renfe Operadora.

Además, el juez cita para el 29 de septiembre (a partir de las 9:00 horas) a los peritos Heijnen y Catmur, así como al catedrático de la Universidad de Cantabria (UC) Enrique Castillo Ron para ratificar sus informes, ofrecer aclaraciones y someterlos a contradicción.

Rechaza excluir el informe cuestionado

Además, en el auto el juez rechaza excluir de la causa el informe de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) relativo al siniestro, una cuestión que demandaba la Plataforma Víctimas Alvia 04155 después de que Bruselas haya concluido que no fue independiente.

Lago Louro asegura que "no ha lugar" a la eliminación de la causa del informe de la CIAF "por carecer de informe jurídico", una sanción "únicamente prevista procesualmente para los casos de diligencias de investigación o pruebas realizadas u obtenidas ilícitamente o con vulneración de derechos fundamentales", "no siendo este el caso" sostiene.

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