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Galicia

La información de Galicia comienza de lunes a viernes con el repaso a las noticias más destacadas en horario de 7:50 a 8:00 con la desconexión de los servicios informativos. Mas tarde de 13:35 a 14:00 al termino de Es la Mañana de Galicia, informativo regional con lo sucedido en Galicia en las ultimas horas, dirige y presenta Sandra Fares.

De lunes a viernes, de 12:06 a 13:30 Es la Mañana de Galicia. Los contenidos del programa son muy variados, dando especial importancia a las noticias más destacadas de Galicia, con entrevistas de actualidad e información. Además, el magacín cuenta con destacados tertulianos que analizan y debaten sobre temas de interés para los gallegos de la mano de Ignacio Balboa. Los espacios de gastronomía, salud, belleza, nutrición, turismo, ocio, entretenimiento, los temas sociales y la participación de especialistas en medicina, derecho o del mundo de la cultura nos invitan cada día a escuchar una radio que informa y entretiene. Dirige y presenta Maite Garrido.

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El juez anula la privatización de personal en el traslado al nuevo hospital de Vigo

El fallo afecta a decenas de trabajadores que optaron por cambiarse a la concesionaria del Álvaro Cunqueiro.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo ha estimado un recurso presentado por la Federación de Sanidad de CCOO, contra una resolución de la gerencia de la Estructura Organizativa de Xestión Integrada de Vigo, en la que se ofrecía a personal no clínico del Chuvi pasar a trabajar como personal laboral en la concesionaria del nuevo hospital Álvaro Cunqueiro (HAC), y ha declarado nula y dejado sin efecto dicha resolución.

La resolución de la gerencia afectaba a decenas de trabajadores de servicios como mantenimiento, lavandería, restauración, oficios y limpieza distribuidos en 29 categorías profesionales. El cambio era voluntario y la concesionaria se comprometía a respetar categorías, antigüedad y condiciones económicas.

El tribunal entiende que dicha resolución es "contraria al ordenamiento jurídico", puesto que fue dictada por un órgano "carente de competencia propia para instaurar el procedimiento administrativo" de instaurar esa posibilidad de elección, "sin la previa y habilitante existencia de un Plan de Ordenación". De hecho, pone de manifiesto que, esa resolución implicó, en realidad, una reordenación de los recursos humanos.

Asimismo, en la sentencia se recoge que se prescindió el procedimiento legalmente establecido, porque se hizo caso omiso "a la negociación exigida en el Estatuto Básico del Empleado Público, el Estatuto Marco y la Ley de Salud de Galicia".

Por ello, el juzgado ha estimado el recurso de CCOO, y ha declarado la nulidad de esa resolución de la gerencia. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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