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El TSXG anula la plaza de “alto cargo” a la número dos del PSdeG de Orense

Considera que el proceso estaba "dirigido" para mantener a Carmen Rodríguez Dacosta como directora general en el Concello orensano.

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) anuló el nombramiento del 18 de julio de 2013 de Carmen Rodríguez Dacosta como directora general de personal y servicios generales del Ayuntamiento de Orense, con una sentencia "definitiva" que no admite recurso ordinario alguno.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, detalla la denuncia presentada en 2013 por el sindicato USO, y los recursos del Consistorio contra las resoluciones judiciales que anularon el nombramiento por parte de la junta de gobierno local del 1 de julio de 2013, justo después de que Dacosta fuese cesada como concejala no electa, responsable del área de personal, a causa de un cambio legislativo de abril de 2013 sobre ediles no electos.

En su escrito, el TSXG rechaza determinar si las responsabilidades de Dacosta en el PSOE -donde es secretaria general de la agrupación local de la ciudad- son compatibles con su competencia profesional, por "no corresponder" a la sala esa pretensión.

Sí considera "relevante" que convocar concurso para el puesto de directora general y la cobertura que se le dio "tenía como propósito mantener en sus funciones a una persona determinada, con un marcado perfil político".

Convocatoria dirigida

Según el Alto Tribunal gallego, la convocatoria estaba "dirigida" a ser ocupada por Dacosta, que antes había sido concejala no electa con delegación en las cuestiones de personal, y argumenta en ese sentido que la propuesta de la alcaldía para su nombramiento "se refiere de forma abierta y reiterada a la circunstancia de que la nombrada tenía que cesar como concejala no electa".

Además, ve "indicativo" que no se consignen requisitos, indicación de méritos que se valorarían, en los participantes. La premura de los trámites "es también sorprendente" y el TSXG indica que llegó al punto de que el "acuerdo de nombramiento se adoptó antes de que llegara una de las tres solicitudes de participación".

Esa última solicitud, que entró en la convocatoria en el plazo de las enviadas por correo, no paralizó el proceso, sino que, ante ella, se adoptó "el criterio de ratificar la designación" ya hecha, "sin trámite de subsanación".

Para anular el nombramiento, también se señala la "ausencia de toda ponderación" de los méritos de los otros dos candidatos, lo que "evidencia la predisposición del órgano decisor, en favor de la nombrada", corroborada por "las deficiencias de motivación".

Según la sentencia, las asignación de las competencias que coinciden con las que desempeñaba antes de su nombramiento "resulta determinante" para concluir que "desde el primer momento, la intención era atribuir el puesto" a Dacosta.

Además de anular el nombramiento de la directora general, el TSXG impone al Ayuntamiento de Orense, que recurrió la primera sentencia del contencioso-administrativo, el pago de las costas hasta un límite máximo de 1.000 para los honorarios de abogado.

Solo por la experiencia en gestión

En la sentencia detalla el proceso del nombramiento de Rodríguez Dacosta, en la junta de gobierno del 4 de julio de 2013 y ratificada luego el 18 de julio, tras considerar que la entrada de un tercer candidato "no podía alterar la designación" previa de Dacosta.

La junta de gobierno de 4 de julio aceptó "unánimemente" la propuesta de nombrar a Rodríguez Dacosta "en base únicamente a una única frase" que es, según la sentencia: "Tengo en cuenta la experiencia en materia de recursos humanos acreditada y el conocimiento de esta organización municipal".

Se da la circunstancia de que Rodríguez Dacosta es, además de directora general de personal, la número dos, detrás de José Ángel Vázquez Barquero, de la candidatura del PSOE de la ciudad de Orense a la alcaldía.

Dacosta explicó a Europa Press que desconoce el contenido de la sentencia, por no serle notificada -como responsable del área afectada- aunque dijo que opinar sobre ella "corresponde a quién hizo el nombramiento" y no a ella.

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