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La juez llama a declarar a agentes de Ferrol por “gravísimas contradicciones”

Pide documentación para este miércoles bajo "apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia y obstrucción a la justicia".

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara, ha citado a declarar en calidad de testigos a seis agentes de la Policía Local de Ferrol "a la vista de las gravísimas y flagrantes contradicciones existentes" en atestados del Cuerpo Nacional de Policía y de la municipal en relación a la detención de un testigo de la operación Pokémon, el extrabajador del Acuario de Coruña Antonio Pérez Cribeiro.

En una providencia con fecha 11 de noviembre, a la que tuvo acceso Europa Press, la juez instructora de la Pokémon señala la práctica de la declaración de los agentes para el 17 de noviembre. En el escrito, justifica la citación "teniendo en cuenta la actitud de la Policía Local, a la que se ha tenido que realizar hasta cuatro requerimientos por el momento para que cumplan en forma con lo ordenado" en relación al atestado y diligencias en relación a ese arresto.

De Lara, a través de un "nuevo oficio", solicita a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Ferrol remita "un nuevo informe" sobre las fotografías de los efectos intervenidos tras la detención del citado testigo, en el que se identifique a los que tomaron las imágenes y si son las mismas difundidas en algunos medios.

También demanda que se identifique a los agentes de la Policía Local que entregaron el parte de asistencia médica de Cribeiro después de que, según "informa la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía se ha perdido" el mismo. "Se afirma fue entregado por la Policía Local, no hallándose incorporado dicho parte a ninguno de los atestados policiales tramitados que tan siquiera mencionan el citado traslado del detenido a ningún centro médico", señala la jueza en la providencia recogida por Europa Press.

Asimismo, pide que se precise la hora de llegada de los agentes de la Policía Local acompañados de Cribeiro a las dependencias policiales de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y se informe "si en algún momento los mencionados agentes abandonaron las dependencias policiales" con él "por algún motivo, informando en su caso del motivo de la ausencia, de la hora de abandono de las dependencias policiales, así como de la hora de llegada".

Informe "ex profeso"

"Finalmente, tal y como se les requirió en providencia de fecha 6 de noviembre de 2014 a la mayor brevedad y, en todo caso antes de las 13:00 horas del 12 de noviembre, hagan entrega del soporte digital comprendiendo todas las fotografías realizadas a los efectos incautados" a este testigo de la Pokémon.

"Líbrese nuevo oficio a la Policía Local, a la vista del tercer informe complementario remitido, y dadas las flagrantes irregularidades y contradicciones observadas, evidenciándose que el informe al que el comisario de Policía local denomina diligencias internas, al que se supone se unieron las fotografías realizadas por los agentes de la Policía Local, es en realidad, presuntamente, un informe ex profeso elaborado para la ocasión", indica la jueza.

Al respecto, señala la jueza que "entre otros detalles aparece fechado el día 9 de noviembre de 2014, transcurridos más de diez días desde la actuación policial, que tuvo lugar el día 30 de octubre". Por ello, reclama que se remitan "de inmediato" las "diligencias internas que, según el informe del comisario de Policía Local se tuvieron que elaborar para unir las fotografías realizadas y no incorporadas a los atestados o, en su caso, se certifique la inexistencia de dichas diligencias internas".

Otras peticiones

También solicita De Lara que el secretario de la Policía Local "emita certificación de inexistencia de libro registro de telefonemas así como del libro registro de diligencias internas".

Igualmente, pide de nuevo que "remitan la grabación integra de las llamadas del 092, tanto las recibidas como las remitidas el día 30 de octubre de 2014 a partir de las 17:00 horas". También requiere que se aporte a las actuaciones el parte médico de asistencia del día 30 de octubre de 2014 de Cribeiro "que tampoco figura unido a ningún atestado policial, identificando a los agentes de la comisaría de la Policía Local que procedieron al traslado del detenido al centro de salud".

"Dada la reiteración de los oficios y la actitud adoptada requiéraseles para que den cumplimiento en forma y plazo a este oficio -que deberá estar cumplimentado este 12 de noviembre-, bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia y obstrucción a la justicia", advierte De Lara.

Registros

En la providencia, además, requiere al ambulatorio al que se llevó a Cribeiro que "de inmediato haga entrega del parte de asistencia médica de urgencias" del testigo del día 30 de octubre de 2014, "haciendo constar la fecha y hora exacta de la llegada al centro, la hora de salida, así como el tipo de asistencia recibida, remitiendo igualmente copia de todos los datos volcados informáticamente referente a dicha actuación y la diligencia de registro de la asistencia prestada, identificándose al profesional medico y sanitario que llevo a cabo la actuación".

Y pide al secretario judicial que extienda diligencia "haciendo constar" que Cribeiro "no figura registrado en el libro de registro de detenidos de la Comisaría del Cuerpo Nacional, suprimiendo los datos restantes al no afectar a la causa y afectar a datos de especial protección de terceras personas ajenas al procedimiento".

Finalmente, "dado que en el informe del Sergas que se acompaña al informe del comisario del CNP de Ferrol sobre atención prestada" a Cribeiro "constan datos de especial protección" pide la jueza que se proceda "a la supresión de los mismos, quedando constancia tan solo de la actuación del día 30 de octubre de 2014 a las 18:32 horas donde se refleja que el paciente acude detenido por Policía Local".

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