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Absuelto un joven de pertenecer a Resistencia Galega

La Audiencia Nacional le condena a siete años de cárcel por tenencia de explosivos aunque el fiscal pedía 18.

La Audiencia Nacional ha absuelto a Adrián Mosquera Pazos, alias ‘Senlheiro’, de formar parte del grupo terrorista Resistencia Galega a pesar de que fue detenido en enero de 2013 en posesión de tres artefactos explosivos "provenientes del entorno de la organización terrorista". El tribunal, que condena a siete años de cárcel a Mosquera por un delito de tenencia de explosivos de los 18 que pedía el fiscal, considera que en el juicio no quedó acreditado "por prueba bastante" la adscripción del acusado a "organización terrorista alguna con la nota de permanencia temporal que la jurisprudencia del Tribunal Supremo viene requiriendo para la apreciación del tipo".

Los magistrados Concepción Espejel (presidenta), Julio de Diego y Clara Bayarri (ponente) señala que la única prueba que sustenta el delito de integración en organización terrorista es una pericial de inteligencia realizada por el instructor de la investigación que situaba a la Assambleia da Mocidade Independentista (AMI) como "cantera de Resistencia Galega".

El tribunal destaca que esta prueba es "insuficiente por sí sola para la acreditación de tales extremos" y que "carece de valor probatorio" por no estar avalada por dos peritos, como exige la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), y no estar sustentada en "documento alguno, elemento objetivo ni dato de constatación empírica que este tribunal pueda valorar a fin de comprobar la razonabilidad de la inferencia que el perito de inteligencia verifica en su informe".

La pericial, según señala la sentencia, está "totalmente huérfana de documentación que la sustenta", por lo que asumirla en su totalidad supondría "un mero acto de fe en la bondad de las inferencias policialmente obtenidas, lo que pugna con el cuidado y valoración que de las pruebas ha de hacer todo tribunal de justicia en un Estado de Derecho". De esta forma, la prueba ha de ser valorada únicamente como "la opinión cualificada del testigo-perito".

"Afinidad ideológica"

Sin embargo, el tribunal reconoce que la incautación en el domicilio de Mosquera de siete carteles y un panfleto de la organización AMI demuestra su "afinidad ideológica" con el movimiento independentista gallego sin que "ni por su número ni por sus circunstancias y contenido" pueda ser considerada como "especialmente significativa".

Al contrario, señala que en su casa no se encontraron "datos o documentos" que hagan "siquiera sospechar su unión o vinculación a la organización radical". "Ni teléfonos de contacto, ni documentos o soportes informáticos relativos a la fabricación de explosivos, seguimiento de objetivos, captación de afines... Nada", apuntan los magistrados.

El tribunal considera probado que Mosquera Pazos se adentró el 7 de enero de 2013 en una zona boscosa del municipio de Ames (Coruña) a fin de recoger de una caseta abandonada tres artefactos explosivpos "de unos dos kilogramos de peso cada uno, temporizados con rango máximo de 12 horas, de manufactura artesanal y con todos los elementos necesarios para explotar".

Estos tres artefactos son "similares en sus componentes, elaboración y manufactura" a los intervenidos a Diego Santían Montero el 9 de octubre de 2011 en el interior de un vehículo en el peaje de la autopista A9 y en una vivienda de Vigo, así como a los incautados el 15 de septiembre en el parque Castrelos de la localidad.

La violencia, "una salvajada"

El acusado aseguró durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 3 de marzo, que la utilización de la violencia para conseguir la independencia u otros fines políticos es "una salvajada".

De igual modo, aseguró no tener ninguna vinculación con movimientos nacionalistas gallegos y remarcó que en pleno siglo XXI el recurso a la violencia es una "salvajada" y la utilización de explosivos es "una barbaridad" por el riesgo que supone para la vida de las personas y de los bienes.

Respecto a su arresto en una casa abandonada en Ames (A Coruña), el procesado ha indicado que desconocía que el material incautado fuesen artefactos explosivos y añadió que a ese monte acuden habitualmente los jóvenes para "estar con chicas o fumar porros".

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