El Ministerio de Fomento autorizó en diciembre de 2011 la puesta en servicio de la línea Ourense-Santiago -en la que el accidente de un tren Alvia el pasado 24 de julio provocó la muerte de 79 pasajeros- aunque condicionó la "validez" de dicho visto bueno a que Adif -el administrador de infraestructuras ferroviarias- subsanase "defectos" y realizase pruebas pendientes. Así consta en un documento oficial de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, que forma parte de la última documentación aportada por Adif al Juzgado de Instrucción número 3 de Compostela, compuesta por más de 3.000 folios y a la que ha tenido acceso Europa Press.
La autorización de la puesta en servicio del tramo que va de Ourense a Santiago -corredor que el propio Fomento califica de "alta velocidad"- está firmada el 9 de diciembre de 2011 por el subdirector general de construcción por ausencia del director general de Infraestructuras Ferroviarias.
Del 7 de diciembre data la certificación de seguridad en la circulación del trayecto -la línea 082- de Adif, organismo que, con la rúbrica del director de seguridad en la circulación, acredita que "el departamento competente en el análisis de la documentación de seguridad ha analizado el cumplimiento de las condiciones exigibles en materia de seguridad".
"El abajo firmante certifica el cumplimiento de las condiciones exigibles en materia de seguridad en la explotación ferroviaria de los sistemas de señalización convencional ENCE y ASFA, y el sistema de protección de trenes ERTMS/ETCS nivel 1, en el trayecto mencionado", añade.
Actuaciones "pendientes" en la línea
Acto seguido, dos días después, Fomento, a través de la Dirección General de Infraestructuras, autorizó la puesta en servicio de la línea, pero en su resolución dio cuenta de una serie de cuestiones pendientes en dos apartados: informes de adecuación de las obras a la normativa técnica aplicable y documentación acreditativa del cumplimiento y ejecución de plan de pruebas.
En estos epígrafes, el ministerio alude a actas "de recepción provisional" de obras, "puntos pendientes de ejecución para la finalización" de las mismas y "pruebas pendientes de ejecución", según figura en el documento.
Junto a estas menciones también hace referencia a "actuaciones pendientes de ejecución y recepción" para el caso concreto de los sistemas de control, mando y señalización de la línea -donde se incluyen el ASFA y el ERTMS, encargados de la supervisión de la velocidad a la que circula el tren, que descarriló a casi 180 kilómetros por hora-. Según apunta el ministerio, dichas actuaciones "pendientes" tenían previsto un "anexo de reparos" y un "plan de resolución".
Así, Fomento constata la existencia de numerosos listados "de pruebas pendientes de ejecución" en diferentes epígrafes referidos a control, mando y señalización, infraestructura y energía, para la cual el listado en un determinado punto alude a "defectos detectados al paso del coche auscultador de catenaria en estático".
Después de relatar todo esto, el departamento resuelve en un primer punto autorizar la puesta en servicio de la línea 082, en un segundo "dar conformidad al cambio de las condiciones de explotación de la línea 822" -Santiago-A Coruña- y en un tercero determinar que "la validez de esta autorización está sujeta al cumplimiento" de una serie de "condiciones" por parte de Adif.
Hace referencia, de esta forma, a "la subsanación de los defectos recogidos en los informes acreditativos aportados" y a la realización "con resultados satisfactorios" de las pruebas "que no habían finalizado con anterioridad a la fecha de emisión de los mismos y que, según los certificados emitidos, no impiden la circulación y explotación del sistema ferroviario en la línea".
Acreditaciones y certificaciones
Además, después de pedir que una vez "completadas" las citadas pruebas se remita la documentación "justificativa" correspondiente, el Ministerio de Fomento indica que "la autorización está sujeta a los condicionantes de explotación que se derivan de las certificaciones y acreditaciones emitidas por el administrador de infraestructuras ferroviarias".
Para el caso de "la funcionalidad del ERTMS nivel 1" constan una certificación expedida por el adjudicatario de la obra" de 30 de noviembre de 2011 "suscrito por los representantes de la empresa" y otra expedida por Adif "del cumplimiento del plan de validación y verificación, correspondientes a a la aplicación específica y a la implementación física para el subsistema ERTMS N1", también de ese día, "suscrito por el director del contrato" y que, según recoge el escrito, "incluye la certificación del contratista".
"Notas" de dos direcciones de Adif
Junto a los documentos entregados al juzgado, Adif adjunta unas "notas" de las direcciones de Seguridad en la Circulación y de Planificación y Gestión de Red que, solicita, deben "tomarse en consideración" en este extremo relacionado con el proceso de certificación del sistema de control-mando y señalización de la línea.
A este respecto, apunta que "la Dirección de Seguridad en la Circulación de Adif no es la destinataria del certificado referido", que, afirma, es "otorgado por un organismo notificado".
Sobre el certificado de seguridad, explica que se emite "una vez se ha recibido el caso de seguridad e informe de evaluación independiente y se ha verificado que los riesgos tolerables, condiciones de aplicación y restricciones de servicio incluidos en las conclusiones han sido gestionados". "Este certificado se aplica a los sistemas de señalización enclavamientos y ASFA y al sistema de protección de trenes ERTMS/ETCS nivel 1", agrega.
Asimismo, señala que "en el caso de Ourense-Santiago, el certificado aplica a la línea 082" y destaca que "para garantizar las modificaciones realizadas en los enclavamientos de las estaciones de Ourense y Santiago como consecuencia de la incorporación de la línea 082, se da cumplimiento al reglamento (CE) número 352/2009".
Fallos en el ERTMS
Entre la documentación remitida por Adif al juez Luis Aláez figura un informe técnico emitido el 2 de diciembre de 2011 -nueve días antes de la inauguración de la línea y ocho de la firma de la resolución de Fomento-, en el que se recogen diferentes incidencias detectadas durante las pruebas del sistema ERTMS con el tren S/121 en la línea Ourense-Santiago, realizadas en el mes de noviembre de ese mismo año.
En el documento, firmado por tres técnicos de la Dirección Adjunta de Programación de Instalaciones de la Dirección General de Operaciones e Ingeniería de Adif, se evidencian varios fallos en el sistema ERTMS, tanto en la vía como respecto al dispositivo embarcado en el tren, y en distintos puntos del trazado.
Las incidencias que refleja este documento pasan por cuestiones como frenadas del tren en la transición de ERTMS a ASFA, inconsistencias en las balizas que provocan la activación del freno de servicio, pérdidas de señal que causan la detención del tren en zona neutra o pérdidas de tensión.
En sus conclusiones, los tres técnicos aseguran que las incidencias detectadas durante las pruebas "no se consideran bloqueantes para la puesta en servicio de la línea", aunque reconocen que "es competencia de otros organismos analizar las posibles restricciones que hubiese que aplicar para los diferentes trenes que vayan a circular por la línea".
"Consideramos necesario que los tecnólogos responsables del sistema expliquen el comportamiento detectado, en aquellas incidencias cuya causa no ha sido posible determinar", concluye el documento. Adif puso en marcha la línea poco más de una semana después de recibir el informe.