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En Semana Santa, chapas

La Consejería de la Presidencia de la Junta concede 134 licencias para el juego de las chapas durante la Semana Santa

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La Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León ha concedido un total de 134 licencias del juego de las chapas para su celebración durante la Semana Santa. Las provincias con mayor número de autorizaciones en establecimientos han sido León, con 39, Valladolid, con 36, y Palencia, con 34, seguidas de Burgos y Segovia, con nueve en ambos casos, y Zamora, con siete.

La Junta es la única administración que regula la concesión de las autorizaciones y las condiciones para la organización del juego de las chapas mediante el Decreto 9/2002, de 17 de enero, con el fin de garantizar la transparencia en su desarrollo. La celebración de este juego sólo está autorizado el jueves, viernes y sábado de Semana Santa, así como durante la celebración de las fiestas patronales en las localidades donde este juego se practique de forma tradicional.

El objeto jugado deberá ser necesariamente, y según el decreto citado, una cantidad líquida y cierta de dinero con lo que se prohíben así las apuestas de animales, bienes muebles o inmuebles o su valor económico, añade el comunicado.

El desarrollo del juego consiste en que un apostante, de manera voluntaria, reta a los demás jugadores presentes en el corro a que las dos monedas, llamadas perras, que lanza al aire quedan en posición de "caras o lises", según le convenga. Cuando el juego es al aire libre, no se podrá obstaculizar con el paso de personas o vehículos. A su vez, no se podrá formar un corro a menos de 100 metros de un centro educativo, y sólo podrá realizarse durante las horas de luz natural. En el caso de que el juego se desarrolle en un local cerrado deberá ser un establecimiento autorizado como de pública concurrencia, y la sala donde se lleve a cabo deberá tener de ancho y largo, como mínimo, el doble del diámetro del círculo trazado para su desarrollo.

El juego se desarrollará durante las horas de apertura que permita la actividad, y se permiten varios corros en un mismo establecimiento, si cada uno se juega en salas diferentes. Tanto el desarrollo del juego al aire libre como el de un local cerrado estarán controlados por el personal autorizado de la administración autonómica. El Decreto 9/2002, de 17 de enero, indica que la adquisición de la condición de empresa de Juego de Castilla y León del gestor o baratero y, en su caso, del organizador -así como de su correspondiente inscripción en el registro de Juegos y Apuestas de Castilla y León, durante todos o alguno de los días en que está permitida su práctica- tendrá carácter temporal y estará implícita con la expedición de la correspondiente autorización administrativa.

La organización, la gestión y el desarrollo del juego de las chapas requieren la previa autorización administrativa de la Junta de Castilla y León en cada provincia. La solicitud, acompañada con el justificante de abono de la tasa administrativa de 31,76 euros como el pasado año, debe estar firmada por el organizador y por el baratero o solo por este último, según el lugar en que se pretenda realizar el juego. El Gobierno autonómico entrega, junto con la autorización administrativa, tres hojas de reclamaciones por ejemplar para su libre disposición en el corro por los jugadores que quieran mostrar sus quejas o reclamaciones.

El organizador estará obligado, en caso de concurrir alguna, a entregar dos de los ejemplares al jugador interesado; este enviará uno de forma inmediata a la Delegación Territorial correspondiente que concedió la autorización de práctica del juego y será la encargada de resolver la reclamación como máximo en tres meses.

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