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Condenan a la Xunta a elevar las indemnizaciones por los dos brigadistas fallecidos en Fornelos

El TSXG considera que si se hubiese contado con la motobomba en el lugar del incendio “posiblemente no se habrían producido las muertes”.

El TSXG considera que si se hubiese contado con la motobomba en el lugar del incendio “posiblemente no se habrían producido las muertes”.
Imagen de un incendio en Galicia. | EP

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Xunta a pagar 105.000 euros más en concepto de indemnizaciones a los familiares de los dos brigadistas fallecidos en un incendio forestal en Fornelos de Montes (Pontevedra) en 2010. En dos sentencias, ambas del pasado 2 de mayo, la sala de lo contencioso del TSXG estima en parte los recursos interpuestos por los padres y los hermanos de Xulio Martínez y Rodrigo Amo contra la resolución de la Consellería de Medio Rural por la que inadmitió en su día (en 2013) su reclamación de responsabilidad patrimonial.

El fallo acoge en parte las demandas de los parientes de los dos trabajadores contra incendios y declara su derecho a ser indemnizados por la administración en 30.000 euros para los progenitores, 11.250 para dos hermanas de uno de ellos, 7.500 para un hermano y 15.000 para otra.

Los magistrados se fijan en "la demora en la llegada del vehículo motobomba" y al respecto, advierten de que "es evidente que, de haberse contado en el lugar del siniestro, desde el primer momento, con ese servicio, las consecuencias lesivas que ahora nos ocupan posiblemente no se habrían producido". Con todo, apuntan que "no es esta la única y determinante causa de la muerte de los dos brigadistas". "Si los mismos hubieran permanecido, al igual que sus compañeros, en la pista o zona segura, en lugar de adentrarse hacia el foco del incendio, otro podría haber sido, seguramente, el resultado del proceso de extinción del fuego", añade.

De ahí que el TSXG rebaje a 52.500 euros (alrededor de un 30% de lo postulado) la cantidad pretendida por los recurrentes, al considerar que se da una "concurrencia de culpas" y es precisa una "ponderación económica". Los familiares de cada uno de los fallecidos reclamaban unos 174.500 euros. Hasta el momento, recibieron, con cargo a los contratos de seguro suscritos por la Xunta y el Ministerio de Medio Ambiente, las cantidades de 44.000 euros (en mayo de 2011) y 31.553,14 euros -de la administración estatal-.

Argumentos

Tras analizar las declaraciones de los testigos y la prueba pericial del caso, el TSXG considera que "no vale argüir que el conductor de la motobomba desconocía el paraje y no dio con la entrada de acceso al lugar del incendio teniendo que ir en su busca uno de los miembros de la brigada que consiguió contactar con él en la carretera general y conducirlo al punto del siniestro". "Ello, obviamente, determinó una demora en el ataque del fuego que obligó a los brigadistas que allí aguardaban, primero, a intentar manualmente que el fuego no alcanzase la pista y, segundo, a refugiarse en esa zona segura en espera de que llegase la motobomba", exponen los magistrados.

Sobre la "responsabilidad culposa" por parte de los brigadistas, además, apuntan que se debió al "lógico y natural temor que les infundió la amenazante y próxima presencia del fuego". "Erraron la conducta protocolaria a seguir en tales casos y optaron por la salida más perjudicial para ellos que, irremisiblemente, les llevó a perder la vida", determina.

Al respecto de los medios materiales de los que disponían los brigadistas, consideran que "fueron los adecuados", así como los protocolos a seguir en supuestos como este. También entienden los magistrados que "no es posible achacar responsabilidad a la parte demandada por los cambios bruscos, inesperados y repentinos de la climatología".

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