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Dos años de cárcel para el exempleado de Patrimonio acusado en el caso Retablo

También deberá devolver 103.350 euros. Otros cuatro encausados también aceptan su culpabilidad a cambio de rebajas en sus penas.

También deberá devolver 103.350 euros. Otros cuatro encausados también aceptan su culpabilidad a cambio de rebajas en sus penas.
Imagen del juicio por el caso Retablo. | EP

El exempleado de Patrimonio de la Xunta acusado en el denominado caso Retablo ha admitido su culpabilidad a cambio de que la Fiscalía redujese la pena que solicitaba para él y evitar así una posible entrada en prisión. Así, Carlos Gómez Gil Aizpurúa ha aceptado dos años de prisión, pagar una multa de 2.196 euros y el comiso de 103.350 euros, cantidad que habría percibido ilícitamente de empresas constructoras. No entrará en prisión, ya que el tribunal de la sección compostelana de la Audiencia Provincial coruñesa ha aceptado la suspensión de la pena de privación de libertad, aunque no podrá trabajar durante seis años en la Administración, ya que ha aceptado su inhabilitación para empleo y cargo público por ese período.

También han admitido su responsabilidad el resto de acusados, a excepción de Manuel Montes Carballal, que no se ha presentado al juicio y su caso se ha escindido del resto y se juzgará a posteriori. El arquitecto José Manuel Pichel Pichel ha aceptado una multa de 732 euros, mientras que Olga Quintela López, Carmen Acuña Rey y David Durán Montero, todos ellos responsables de empresas con las que trataba el principal acusado, han aceptado penas de un año de cárcel y mil euros de multa cada uno. Los cinco acusados han sido condenados por delitos de cohecho.

El caso Retablo, que generó una larga investigación policial y una extensa instrucción judicial, destapó una red por la que el exempleado de la Consellería de Cultura beneficiaba a determinadas empresas en la adjudicación de obras de restauración en bienes y propiedades de la Iglesia en Galicia y, a cambio, recibía cantidades económicas. En su proceder ilícito contó con la cooperación del arquitecto vinculado al Xacobeo que también ha admitido su culpabilidad, José Manuel Pichel Pichel.

Arquitecto de la S. A. Xacobeo

A mayores de este extécnico, han acordado penas inferiores por esta causa otras cinco personas. Así, en primer lugar un arquitecto de la S.A. de Xestión do Plan Xacobeo, con identidad J.M.P.P. ha aceptado una multa de algo más de 700 euros -seis euros al día durante cuatro meses- por otro delito de cohecho.

En concreto, el Ministerio Público le acusaba de iniciar una relación con C.G.G. a través de la que este arquitecto proponía obras de restauración a financiar por el Xacobeo. De este modo, informaba a esta entidad en sentido favorable para que abonase cantidades para proyectos de restauración que habían sido informados por C.G.G.

"La finalidad común de ambos era la obtención de beneficios económicos que les serían facilitados por las empresas adjudicatarias de las labores de restauración", señala la Fiscalía. Además, el juez consideró probado que, a través de esta forma incrementó su patrimonio y llegó a recibir beneficios en especies, como una caca de un valor "incierto" y "superior a los 1.000 euros".

Otros acusados

Además, han aceptado condenas de un año de cárcel y multas de 1.000 euros los responsables de tres empresas que, según el Ministerio público, actuaban de "común acuerdo" con el principal acusado. En concreto, los acusados son O.Q.L, de la entidad CBC; D.D.M, de la empresa Alquimia; así como C.A.R, de Ábside.

La Fiscalía considera que los responsables de estas entidades contactaron con C.G.G. para "adecuar sus proyectos a las condiciones que el estableciese". "Como contrapartida a la adjudicación, asumieron el pago de unas cantidades y otros favores que abonarían en efectivo" al principal acusado, señala la Fiscalía.

Entre otras, realizaron obras en las Clarisas de Tui, San Martiño de A Gudiña, el Mosteiro de San Clodio de Leiro, Santa María la Real de Entrimo, San Salvador de Celanova, Santiago de Coedo de Allariz, Santo André de Cedeira en Redondela o Santa María de Castro de Cima de Riós.

Por último, ha sido declarado en rebeldía otro acusado que no ha comparecido en la vista, M.M, de la empresa Da Vinci. Una vez se le localice, las partes han acordado que se abra una causa aparte.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha acordado que los condenados podrán eludir las penas privativas de la libertad si abonan las correspondientes multas y no son autores de otro delito durante el tiempo que les dure la pena.

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