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Carpetazo a la causa contra los ediles vigueses Rivas y Pardo al no ver delito de prevaricación

El magistrado ha dictado un auto en el que sostiene que se trata de irregularidades administrativas sin encaje en la vía penal.

El magistrado ha dictado un auto en el que sostiene que se trata de irregularidades administrativas sin encaje en la vía penal.
Javier Pardo y Ángel Rivas. | EP

No hay caso. Así lo ha determinado el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Vigo. El juez Juan Carlos Carballal ha dictado este martes auto de sobreseimiento de la causa abierta contra los concejales vigueses y miembros del equipo de gobierno local Ángel Rivas y Javier Pardo. El archivo de la denuncia contra los dos ediles se produjo apenas unas horas después de que ambos declarasen en sede judicial. El juez sostiene que a lo sumo se trataría de una irregularidad administrativa que no tiene encaje en la vía penal. También se han archivado las actuaciones contra los funcionarios investigados, Francisco Javier G.O. y María D.G., por delitos de prevaricación, nombramientos ilegales y malversación de caudales públicos, atendiendo al informe favorable.

Los concejales del equipo de gobierno que preside Abel Caballero, Ángel Rivas y Javier Pardo eran investigados por un delito de prevaricación al hacer autorizado que un alto funcionario, Gutiérrez Orúe, acumulase dos cargos, uno de ellos bajo mandato para ocupar la plaza vacante, lo que le reportaba un sobresueldo. Rivas y Pardo alegaron que Orúe era una persona se total confianza que estaba capacitada para el puesto y además siempre hubo una fiscalización de toda la actuación municipal.

El concejal Rivas dijo a la salida, tras declarar casi una hora, que "todo mi trabajo se ha realizado con escrupulosa legalidad y escrupulosa fiscalización, como es habitual en esta institución". Añadió que respondió a las preguntas de la Fiscalía y el juez y recalcó que "creo en mi inocencia y en la Justicia". El concejal Pardo a su salida no quiso hacer declaraciones a la prensa: "Mejor no digo nada; si digo lo que pienso. Soy muy respetuoso con el resultado de las urnas".

Fuentes cercanas al caso dijeron que Pardo nombró a Orúe porque era un amigo y persona de confianza pero la acusación le recordó que no es un cargo de confianza sino que el nombramiento debía hacerse con publicidad.

Por su parte, las mismas fuentes indicaron que firmó el nombramiento de Orúe porque se lo propuso él mismo. Los implicados alegan que revocaron luego el nombramiento pero la acusación sostiene que solo lo hicieron tras conocer que había un procedimiento abierto por esta acumulación de cargos sin concurso público.

Persona de confianza

Otras fuentes matizaron que lo que quiso decir Pardo es que Orúe era una persona de confianza por su idoneidad para desempeñar el cargo y porque confiaban en él porque estaba preparado para el puesto. En todo caso, Pardo no lo habría colocado en ese cargo sino solo aprobó la propuesta.

La defensa de los investigados añade que la plaza que ocupó Orúe estaba vacante porque durante años no se renovaron estas categorías en toda España a causa de que no se cubría la tasa de reposición. El alto funcionario fue revocado el 31 de diciembre del 2016 porque terminó su encomienda, en fechas anteriores a la denuncia.

En la jornada de este martes también declaró un perito que presentó un informe sobre la provisión de plazas aunque las conclusiones no fueron tajantes.

Irregularidades administrativas

En el auto de archivo, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez señala que la acumulación de funciones se realizó en un proceso en el que "no se observó" la "garantía de publicidad" y que esa "irregularidad formal" pudo haber sido causa de recurso contencioso administrativo. No obstante, ha apuntado que ese recurso nunca se planteó, por lo que ese "eventual vicio procedimental ha quedado subsanado 'de facto'".

Con respecto a la justificación de ese nombramiento, el magistrado señala que la propuesta de acumulación de funciones en la persona de Francisco Javier G.O. "carece de una mínima motivación que fundamente las razones de urgencia que la justificaran".

Sin embargo, puntualiza que es una "irregularidad procedimental" que "no integra el dolo directo que exige la norma penal" para considerarlo un delito de prevaricación. A ese respecto, recuerda que este funcionario ya desempeñaba esa jefatura de área desde hacía ocho años, lo que justifica un conocimiento de esa labor mayor al de otros trabajadores municipales.

Del mismo modo, con respecto a la actuación de la jefa de personal, María D.G., el juez señala que se está ante una "irregularidad administrativa que no integra ninguno de los tipos penales", aunque apostilla que "una administración local de la envergadura de la de Vigo puede hacer mejor las cosas en materia de personal".

En esa línea, el titular del Juzgado de Instrucción 4 reprueba que el Ayuntamiento no acuda a los mecanismos ordinarios de provisión de puestos fijados por ley, sino a vías "alternativas" que requieren de una acreditación de la necesidad "provocada por la propia dejadez de la Administración, y no por una causa de fuerza mayor o imprevisible".

Declaración de los concejales

A la salida del juzgado, tras prestar declaración, y antes de conocer el archivo de las actuaciones, el concejal Ángel Rivas ha proclamado su "inocencia" y ha defendido la "escrupulosa legalidad" de sus actuaciones. "Quiero reiterar mi inocencia, todo mi trabajo se ha realizado con escrupulosa legalidad, y con escrupulosa fiscalización, como es habitual en la institución municipal", ha sostenido.

Por su parte, el edil de Personal, Francisco Javier Pardo, ha eludido responder a las preguntas de los medios sobre su declaración y se ha limitado a aseverar que es "muy respetuoso con el resultado de las urnas", sin querer concretar a qué se refería.

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