Menú

Galicia

La información de Galicia comienza de lunes a viernes con el repaso a las noticias más destacadas en horario de 6:54 a 7:00 y de 7:50 a 8:00 con las desconexiones de los servicios informativos. Mas tarde de 13:35 a 14:00 al termino de Es la Mañana en Galicia, informativo regional con lo sucedido en Galicia en las ultimas horas, dirige y presenta Sandra Fares.

De lunes a viernes, de 12:06 a 13:30 Es la Mañana en Galicia. Los contenidos del programa son muy variados, dando especial importancia a las noticias más destacadas de Galicia, con entrevistas de actualidad e información. Además, el magacín cuenta con destacados tertulianos que analizan y debaten sobre temas de interés para los gallegos de la mano de Ignacio Balboa. Los espacios de gastronomía, salud, belleza, nutrición, turismo, ocio, entretenimiento, los temas sociales y la participación de especialistas en medicina, derecho o del mundo de la cultura nos invitan cada día a escuchar una radio que informa y entretiene. Dirige y presenta Maite Garrido.

Correo electrónico: redaccion@esradiogalicia.fm

 

 

Delegación regional esRadio Galicia

Teléfono: +34 981 56 40 88
Correo electrónico: redaccion@esradiogalicia.fm

Teléfono: +34 981 56 40 88
Correo electrónico: publicidad@esradiogalicia.fm

La Audiencia desestima la recusación de Besteiro a la juez De Lara en el caso Garañón

Considera los argumentos de la defensa “especulativos” y sus sospechas sobre la falta de imparcialidad de la juez “irrelevantes jurídicamente”.

Considera los argumentos de la defensa “especulativos” y sus sospechas sobre la falta de imparcialidad de la juez “irrelevantes jurídicamente”.
José Ramón Gómez Besteiro, Pila de Lara y Cándido Conde-Pumpido. | EP

En tan solo 48 horas, la juez Pilar de Lara Cifuentes vuelve a salir airosa de una ofensiva promovida por personas que investiga. Si el pasado lunes, día 3, quedaban archivadas las diligencias internas contra la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, impulsadas por un despacho de letrados coruñés, el Colegio de Abogados de Coruña y el Consello Galego da Avogacía, ahora es el exlíder del PSdeG José Ramón Gómez Besteiro el que ve como la Audiencia Provincial de Lugo desestima su recusación contra la juez a la que pretendía recusar de la causa que sigue contra él en el conocido caso Garañón.

No es la primera vez que la juez Pilar de Lara es "diana" de aquellos a los que está investigando. En tan solo 48 horas, la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo que, entre otras causas, investiga las operaciones tan llamativas como la Pokémon, Pulpo, Carioca, Fábrica de la luz, Club de Golf, Leones o Cebra, esquiva la ofensiva contra ella.

Después del archivo de las diligencias contra la juez por el caso Cebra, ahora es la Audiencia de Lugo desestima la recusación planteada por José Ramón Gómez Besteiro contra Pilar de Lara, que instruye el caso Garañón.

La recusación, formulada inicialmente en diciembre de 2015 y ampliada en abril de 2016, apartó a De Lara temporalmente de la causa después de que la Audiencia Provincial le obligase a admitirla en contra de su criterio.

Ahora, la Audiencia desestima esa recusación al entender que la falta de imparcialidad de la jueza que denunciaba el exlíder de los socialistas gallegos se basa en argumentos elaborados por su defensa de forma "especulativa". Y abunda, "pretendiendo reconducirlos de manera artificiosa [...] siendo las sospechas jurídicamente irrelevantes".

Los letrados de Besteiro basaron su recusación en la supuesta "animadversión" de De Lara hacia uno de ellos, Cándido Conde-Pumpido (hijo), después de que la juez decidiese hacer pública correspondencia electrónica entre ambos ajena al caso.

Posteriormente, el abogado amplió la recusación en base a un anónimo que sostenía que la jueza "mantiene una relación de amistad" con la secretaria de la Asociación del Parque Rosalía, personada en la causa de O Garañón como acusación particular.

Enemistad Pumpido-De Lara

La resolución judicial alude a una "comunicación epistolar entre letrado (de Besteiro) y magistrada que concluyó, tal y como refiere el letrado, en un enfrentamiento entre ambos".

Los magistrados concluyen al respecto que "esa supuesta enemistad de la señora instructora para con el promovente, y por ende, su defendido, no puede derivarse de actos de la autoridad judicial que sean expresión más o menos acertada de resoluciones adoptadas en el legítimo ejercicio de sus funciones". "Habría que derivar, por tanto, ese trasvase al investigado, e incluirlo en las otras dos causas que invoca inicialmente que se refieren a ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes, que en este momento carece de objeto al no haber sido estimada la querella presentada por el señor Gómez Besteiro frente a la magistrada; y tener interés directo o indirecto en el pleito", según sentencian los magistrados.

Añaden, además, en la resolución que "ningún beneficio alega el promovente, salvo el hecho de que la magistrada esté casada con una persona afiliada a un partido político diferente al del señor Gómez Besteiro, argumento que resulta ciertamente muy poco consistente".

Ampliación

En la ampliación de la recusación, tal y como se expuso, la defensa del exsecretario general del PSdeG "introduce nuevas causas, aludiendo en primer lugar a la amistad que uniría a la magistrada recusada con la secretaria de la Asociación de defensa del parque Rosalía de Castro, a la sazón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 2" de Lugo.

"Refiere el promotor del expediente que existe una amistad íntima entre ambas que le fue revelada por medio de un anónimo. Si bien nuestro sistema no conoce un mecanismo jurídico que habilite formalmente la denuncia anónima, sí puede esta información confidencial ser objeto de un juicio de ponderación que pueda avalar la postura mantenida por el promovente de la recusación", según exponen los magistrados de la Audiencia en el fallo.

De este modo, señalan que "funda su amistad íntima en el tratamiento procesal de la asociación de la que es secretaria, pero esa singularidad que refiere abarca también a otras asociaciones personadas en concepto de acusación popular". "Y escaso soporte ha de tener el que confluyan en las redes sociales, donde figuran como amigas, pero es de todos conocido que la amistad es un concepto bien distinto a aquel que se utiliza en Facebook", según alegan. "Tampoco resulta relevante a estos efectos que coincidan en los lugares de ocio de una ciudad tan pequeña como Lugo", según sostienen los magistrados encargados del fallo.

Temas

En esRadio

    0
    comentarios