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García de Paredes, obligado a devolver 5,6 millones cobrados de prejubilación de NCG

El Juzgado de lo Social número 3 de Coruña declara la nulidad del contrato firmado en 2010.

El Juzgado de lo Social número 3 de Coruña declara la nulidad del contrato firmado en 2010.
García de Paredes, durante una vista del proceso judicial. | EP

La titular del Juzgado de lo Social número 3 de Coruña acaba de emitir una sentencia en la que estima la demanda interpuesta por NCG Banco (ahora Abanca), con la intervención del FROB, contra Javier García de Paredesy su esposa y declara la nulidad del contrato firmado en diciembre de 2010 por el demandado y le obliga a restituir la prejubilación percibida, con lo que deberá reintegrar a NCG casi 5,6 millones de euros, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El juicio por esta causa se celebró a principios del pasado mes de diciembre y De Paredes alegó que él no participó en el diseño de su contrato.El fallo explica que el contrato de alta dirección del exejecutivo de Caixa Galicia "nace ya viciado" puesto que el consejo de administración de Novagalicia dio su consentimiento a la suscripción del nuevo acuerdo laboral sin tener "un pleno y cabal conocimiento" de su contenido.

La juez declara la nulidad del contrato firmado en diciembre de 2010 por el demandado y le obliga a restituir la prejubilación "blindaje" percibida, condenándolo a reintegrar a NCG Banco -en la actualidad Abanca-, la cantidad de unos 5,6 millones de euros.

En la sentencia, se afirma que se sustituyeron "dos hojas del contrato de 30 de diciembre de 2010" y que no se informó de ese cambio "a la comisión de retribuciones y nombramientos ni al consejo de administración" de la entidad.

Para la juez "la falsedad de la causa del contrato, el dolo y el error en el que incurren la comisión de retribuciones y nombramientos y el consejo de administración, que confían" en que el contrato de Francisco Javier García de Paredes "está firmado desde el 30 de diciembre de 2010, son absolutamente palmarias".

Sostiene también que la resolución del contrato de alta dirección del que fue director general adjunto ejecutivo de Novacaixagalicia "nace ya viciado por cuanto que el consejo de administración de la entidad prestó su consentimiento a la suscripción del mismo sin tener un pleno y cabal conocimiento de su contenido".

"Y aun de sus consecuencias, toda vez que los gestores, incumpliendo las obligaciones normativas impuestas, no les proporcionaron una información clara, comprensiva y completa sobre su naturaleza y sobre sus características", añade.

Precisamente, en la condena de la Audiencia Nacional a cinco exdirectivos de Novacaixagalicia Javier García de Paredes fue absuelto después de que la Fiscalía retirara su acusación en la fase de informes del juicio, cuando se ofreció a reintegrar las cantidades cobradas en su caso.

Contrato de alta dirección

En el juicio, los demandantes pedían que se declarase el nulo el contrato de alta dirección que tenía García de Paredes y, en ese caso, que devolviese las cantidades percibidas. Por el contrario, la defensa del exdirector general adjunto de Novacaixagalicia reiteró, como sostuvo también García de Paredes en su declaración, la voluntad de su cliente de devolver parte de estas cantidades.

Sobre el contrato suscrito, tanto el que fue presidente de Caixa Galicia, Mauro Varela, como el que fue su vicepresidente, Salvador Fernández Moreda, han dicho que, con la fusión con Caixanova, se acordó equiparar los sueldos de todos los altos cargos y que se les informó, en un consejo de administración de 2010 y en la comisión de retribuciones, del contrato de García de Paredes. No obstante, admitieron que no llegaron a ver su contenido.

Por su parte, los que fueran presidente y consejero delegado de Novagalicia Banco, José María Castellano y César González-Bueno, respectivamente, derivaron en el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) la responsabilidad de que el que fuera director general adjunto de Novacaixagalicia, Javier García de Paredes, no abonase parte de las cantidades cobradas.

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