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Castilla y León pone coto a los pisos turísticos

Un decreto busca el equilibrio entre los intereses de los sectores empresariales y la garantía de las condiciones de calidad para los turistas

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La Junta de Castilla y León regulará por primera vez las viviendas de uso turístico, comercializadas en la páginas web, para evitar las prácticas de intrusismo en este tipo de alojamiento y la competencia desleal con la oferta de pisos privados. De ahí la aprobación de un decreto que contempla un régimen sancionador por incumplimiento de la norma que oscilará entre 9.000 y 90.000 euros.

El Consejo de Gobierno aprobó este jueves 16 de febrero el decreto que recoge un equilibrio entre los intereses de los distintos sectores empresariales de alojamiento turístico, a la vez que garantiza unas condiciones de calidad para los turistas. No en vano, la portavoz de la Junta, Milagros Marcos, recordó que la estrategia de futuro del Ejecutivo regional es promover la calidad y la excelencia del turismo como estrategia de futuro.

Uno de los objetivos principales del decreto es controlar la actividad clandestina, en concreto la oferta de alojamientos de viviendas que se publicitan en las páginas web especializadas, así como promover la calidad y la excelencia del turismo; favorecer la iniciativa, innovación y competitividad del tejido turístico empresarial; elevar la confianza del cliente en la oferta y la calidad de los servicios, así como reforzar los derechos de los clientes.

Milagros Marcos explicó, según declaraciones recogidas por la Agencia Ical, que la nueva regulación entrará en vigor al día siguiente de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), aunque los propietarios de los alojamientos turísticos dispondrán de un periodo de adaptación de seis meses para la inscripción de estos recursos en el Registro de Actividades Turísticas.

La portavoz de la Junta recordó que una de las notas definitorias de las viviendas turísticas es su comercialización por canales de oferta turística (fundamentalmente agencias de viajes y centrales de reserva). Aquellas viviendas que no se publiciten por estos medios quedarán fuera de la regulación turística y seguirán sometidas, como hasta ahora, a la normativa de arrendamientos urbanos.

Se adapta la normativa a la regulación de la Unión Europea relativa a los servicios en el mercado interior, lo que simplifica los procedimientos de acceso a la actividad empresarial, ya que con la presentación de una declaración responsable, informando que cumple la normativa aplicable, es suficiente para ejercer la actividad sin que se tenga que esperar a ninguna resolución administrativa turística, lo que implica el sometimiento a unos requisitos turísticos e inscripción en el Registro de Turismo. Además se obliga a hacer constar ese número de Registro en la comercialización que se haga en las plataformas digitales y en cualquier medio de publicidad que utilice su titular.

Preguntada por el número de apartamentos turísticos que deberán acogerse a este decreto, Marcos explicó que la Comunidad cuenta con un parque de apartamentos como unidades dobles de 563, de los que 280 son viviendas que podrán someterse a esta nueva regulación. "Habrá que esperar seis meses para conocer el número exacto", precisó.

Entre los cuatro capítulos de la nueva norma, con 35 artículos, se contempla la diferencia fundamental entre el apartamento turístico y la vivienda de uso turístico es que en el primer caso las unidades de alojamiento han de estar integradas en un bloque o conjunto y por tanto ha de tratarse de al menos dos unidades de alojamiento.

Estancia máxima de dos meses

Otro de los aspectos a destacar es la temporalidad de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda turística ya que se establece que la estancia de una misma persona por tiempo superior a dos meses seguidos, no se considera que sea un uso turístico. Así pues, cuando el propietario comercialice su vivienda por otros medios que no sean los canales de oferta turística, o no lo haga de forma habitual, podrá ser considerado un arrendamiento de temporada y seguir sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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