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El Supremo desestima la demanda que Garzón interpuso contra Jiménez Losantos

El Alto Tribunal entiende que las críticas del periodista al ex juez estrella son libertad de expresión.

El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda que había interpuesto el ex-magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón contra el presidente del Grupo Libertad Digital, Federico Jiménez Losantos, por vulneración del derecho al honor. En la sentencia, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal establece que en la presente causa debe prevalecer la libertad de expresión ejercida por el periodista frente al honor del exjuez.

Los hechos se remontan al año 2005 cuando Garzón publica el libro Un mundo sin miedo donde dedicó las siguientes palabras al periodista Federico Jiménez Losantos: "Parece que la marca determinada persona, aprendiz de Rasputín y otros congéneres cuya ética no es que dude sino que no tengo duda de su inexistencia. Me refiero a esa persona o personas como Federico Jiménez Losantos, Jesús Cacho y otros de igual calaña de los que nunca se sabrá todo lo necesario para hacerse una idea clara del retorcimiento de los pensamientos, actitudes y fines venales que los guían en todos y cada uno de sus actos. Creo sinceramente que han hecho y hacen mucho daño a la democracia y que siempre han estado movidos por el resentimiento, el odio o intereses espurios. No les conozco ni una sola acción que pueda considerarse buena. Antes o después tendrán que dar cuenta de sus tropelías. No por tener un micrófono se puede atacar impunemente en nombre de una libertad y ética que ellos prostituyen día tras día con la mentira y la maldad".

Este ataque del ex juez estrella de la Audiencia Nacional acabó en los tribunales con una demanda por parte del periodista. Federico Jiménez Losantos alegó una intromisión ilegítima en su derecho al honor tanto personal como profesional ya que Garzón había tratado de "falsear la realidad y vilipendiarle". El presidente de Libertad Digital denunció que el instructor le había insultado, emitido juicios de valor y opiniones difamantes innecesarias sobre su actividad profesional con el único fin de denigrarle.

Garzón respondió a esta demanda con un contraataque judicial, una demanda reconvencional por vulneración de su derecho al honor alegando que había sido insultado por el periodista desde su columna en el diario El Mundo y desde su programa radiofónico. Ambas acciones judiciales fueron desestimadas en primera y en segunda instancia. La defensa del exmagistrado recurrió entonces en casación ante el Tribunal Supremo.

En la sentencia desestimatoria conocida este viernes, con ponencia del magistrado Juan Antonio Xiol Ríos -desde este jueves miembro del Tribunal Constitucional-, el TS señala que "la protección constitucional de las libertades de información y expresión alcanza un máximo nivel cuando la libertad es ejercida por los profesionales de la información". Esta es la posición que había defendido en este procedimiento el Ministerio Fiscal.

Asimismo, la Sala recuerda que las manifestaciones de Federico Jiménez Losantos consisten en "una crítica formulada por el periodista a las actuaciones del recurrente referidas a su faceta profesional como magistrado de la Audiencia Nacional"; opiniones sobre polémicas decisiones adoptadas por Garzón cuando estaba al frente del Juzgado de Instrucción Número 5. También valora la sentencia que dichas críticas fueron realizadas en un contexto de "contienda" pública entre ambos demandantes y que "en definitiva no cabe desligar o extraer las expresiones difundidas del contexto en que se vertieron".

Por último, el tribunal recuerda que los personajes -como es el caso de Baltasar Garzón, ex magistrado de un mediático tribunal, ex diputado del PSOE y ex alto cargo del Ministerio del Interior- gozan de una menor protección del honor debido a esta faceta pública. Contra esta sentencia no cabe recurso.

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